El
testamento de Carlos II, que moría en 1700 sin descendencia,
suponía la entronización en la Corona de Castilla
y en la Corona de Aragón de la dinastía francesa
de los Borbones. Felipe V (IV de Aragón) fue reconocido
como soberano en los diferentes reinos peninsulares, sin embargo,
primero Cataluña, más tarde Valencia y Mallorca,
y por último Aragón (junio de 1706) abandonaron
al rey borbónico y se pasaron al bando del archiduque.
Era la guerra de Sucesión.
Entre junio de 1706 y mayo de 1707 buena
parte de Aragón fue contrario a los Borbones, aunque esta
postura no fue unánime en todos los lugares del reino ni
entre todas sus habitantes. La entrada del felipista duque de
Orleans en Zaragoza (26 de mayo) restauró en esta ciudad
el orden borbónico. Un mes más tarde, el 29 de junio
de 1707, Felipe V daba los decretos de Nueva Planta aunque, por
la situación bélica que proseguía, apenas
tuvieron repercusión.
En el verano de 1710 la reacción
del archiduque Carlos cambió de nuevo la situación
hasta que en diciembre de ese año Felipe de Anjou consiguió
imponerse definitivamente en Aragón. Ahora sí iba
a poder aplicarse la nueva organización en Aragón
que terminaba como reino con sus leyes e instituciones particulares.
Era el fin del reino de Aragón que a partir de ese momento
quedó gobernado bajo las leyes castellanas.
Los decretos de Nueva Planta supusieron
grandísimos cambios ya que desaparecieron de un plumazo los
organismos privativos de Aragón: las Cortes, la Diputación
del reino, el Justicia y su tribunal, ... el Consejo de Aragón
fue incorporado a Castilla, se implantó una nueva división
administrativa con trece corregimientos, se reformó el sistema
de nombramiento de cargos, etc. etc. Aragón entraba desde
ese momento en la vía de la uniformidad castellana. Un tiempo
después, sin embargo, Felipe V permitía que en la
recién creada Audiencia pudieran aplicarse las leyes de Aragón
en la sala de lo civil, aunque en la de lo criminal sólo
podía regir el derecho penal castellano. Se devolvía,
por tanto, una parte del Derecho, aunque sin posibilidades de renovarlo
y adaptarlo al transcurso del tiempo al haber desaparecido las Cortes
de Aragón. A partir de ese momento la centralización
y la uniformización se impusieron en la mayor parte de lo
que llegaría a ser España.
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